Código Fiscal · Artículo 709

El dinero que le regalaste al gobierno puede volver.

Si eres asalariado en Panamá y durante el año pagaste colegio, universidad o intereses de hipoteca, una parte del impuesto que te retuvieron te pertenece. La ley te deja pedirlo. Nosotros lo tramitamos por ti.

Para aplicar a devolución, tu caso debe cumplir estos requisitos:Los cinco. Si te falta uno, todavía no es tu momento y preferimos decírtelo aquí.

1

Eres asalariado en Panamá y tu empleador te retiene ISRSi eres independiente, tu caso es formalización, no devolución.

2

Tu salario mensual está por encima de USD 1,500

3

Tuviste gastos deducibles durante el añoEducación, intereses hipotecarios de vivienda propia, plan de jubilación, gastos médicos no cubiertos o donaciones a entidades aprobadas por la DGI.

4

Tienes los comprobantes de esos gastosPueden ser facturas o estados de cuenta a tu nombre. Y si no los tienes todos, nosotros te ayudamos a solicitarlos: muchos llegan por carta, como los de la hipoteca.

5

Sumando todos esos gastos, superan los USD 700 al mes

Esto no es para ti si:

  • Trabajas por tu cuenta y no te retienen ISR
  • Ganas menos de USD 1,500 al mes
  • No tuviste gastos deducibles o no guardaste las facturas
Calculadora · 3 pasos

¿Cuánto puedes recuperar?

1 / 30%

Paso 1 de 3 — Tus datos

Cada año que no lo pides, ese dinero se queda allá. Pídelo hoy.